Desde la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de Junta de Castilla la Mancha nos informan de dos nuevas incorporaciones al modelo 600 y 620:
MODELO 600:
Se han incorporado en el programa de ayuda del modelo 600, dos nuevos asistentes para adjuntar documentación, uno para documentos privados y el otro para documentos administrativos.
El botón para abrir el asistente, aparecerá una vez seleccionada la casilla “Documento Privado” o bien la casilla “Documento Administrativo”, dentro del programa de ayuda.
El funcionamiento de estos asistentes es similar a los que actualmente existen para documentos notariales aportados por los propios interesados y para los documentos judiciales.
Una vez verificada la documentación presentada telemáticamente junto con la autoliquidación, las Delegaciones Provinciales y las Oficinas Liquidadoras de distrito hipotecario podrán emitir y enviar, por medios electrónicos, la diligencia certificada de presentación (DL7 para documentos privados y DL8 para documentos administrativos), evitando a los obligados tributarios y colaboradores sociales el desplazamiento a nuestras oficinas para el sellado de los documentos.
Tienen a su disposición una Guía explicativa del funcionamiento de dichos asistentes.
MODELO 620:
Se ha incorporado en el programa de ayuda del modelo 620, un nuevo asistente para adjuntar documentación.
El botón para abrir el asistente aparecerá en un mensaje emergente, si al pulsar el botón validar el documento, este es correcto, pero es uno de los casos en los que no se le va a dar Código Electrónico de Transmisión (CET) on-line en el momento de la presentación telemática de la autoliquidación. El texto del mensaje emergente será:
AVISO: Con los datos consignados en esta autoliquidación es obligatorio presentar en los Servicios tributarios de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas el original y copia simple del documento notarial, o bien original y fotocopia del documento judicial, administrativo o privado en el que conste o se relacione el acto o contrato que origine el tributo, así como el permiso de circulación y la ficha técnica cuando se trate de vehículos usados. Tratándose de embarcaciones o aeronaves usadas, deberán aportar junto con el contrato original y su copia las hojas de las características técnicas en las mismas.
No obstante, si no desea desplazarse a una de nuestras oficinas, puede aportar una copia de los documentos originales citados pulsando en el botón Adjuntar documentación y a continuación realizar la presentación telemática de la autoliquidación. La documentación anexa que presente junto con la autoliquidación se revisará en los Servicios tributarios de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas. Si se corresponde con los documentos comprensivos de los hechos imponibles del impuesto autoliquidados, se devolverá al presentador la correspondiente diligencia certificada de presentación a través del Registro electrónico tributario que incluirá el código electrónico de transmisión (CET).
Una vez verificada la documentación electrónica presentada junto con la autoliquidación, las Delegaciones Provinciales podrán emitir y enviar, por medios electrónicos, la diligencia certificada de presentación (DL4) evitando a los obligados tributarios y colaboradores sociales el desplazamiento a nuestras oficinas para el sellado de los documentos y obtención del Código Electrónico de Transmisión (CET).
0 comentarios