Hazte Colaborador Social con ASOCIAE y firma en nombre de terceros
Desde ASOCIAE, la asociación de Asesores Excelentes Fiscales y Laborales, sabemos de la importancia que tiene para tu despacho el trabajar de forma telemática a través de la oficina virtual tributaria en representación de tus clientes para brindar la ayuda técnica necesaria en declaraciones y otros documentos.
Pero llevar a cabo todos estos trámites no está al alcance de cualquier gestoría. Para ello, el profesional en cuestión deberá darse de alta como colaborador social, figura que permite realizar trámites en nombre de terceros, como establece la Ley General Tributaria.
Las ventajas de la figura del colaborador social no son pocas. Por un lado, evitar desplazamientos innecesarios redunda en el servicio ofrecido; además, actuar en nombre de terceros evita problemas de seguridad y, sobre todo, posibles consecuencias penales que se derivan de la utilización directa de los certificados electrónicos de clientes por entidades privadas.
Afortunadamente, la normativa vigente permite trasladar la responsabilidad de esta figura a todos aquellos profesionales que son miembros de colegios profesionales o forman parte de asociaciones con acuerdos de colaboración. Para ello, el colaborador social puede acogerse a los convenios de colaboración social y las buenas prácticas tributarias.
Para facilitarte la representación de terceras personas para la presentación telemática de declaraciones, pago de tasas, comunicaciones y otros documentos, el 23 de noviembre de 2017, ASOCIAE firmó un acuerdo de colaboración con la Agencia Tributaria estatal con el objetivo de que todos nuestros asociados podáis beneficiaros de la posibilidad de ser colaboradores sociales con la AEAT. Consulta aquí el listado de asociaciones adheridas con con acuerdo de ámbito estatal con la AEAT.
Nuestra asociación ASOCIAE es una de las mejores asociaciones para ser colaborador social, ya que, además de poder firmar en nombre de terceras personas, también te beneficias de múltiples ventajas adicionales al realizar este tipo de trámites por medios electrónicos, como establece el actual modelo de otorgamiento de representación.
¿Qué significa ser un Colaborador Social de la Agencia Tributaria?
El principal significado de Colaborador Social de la AEAT es que te permite presentar, en nombre de terceros y a través de tu propio certificado digital, todas las declaraciones y modelos tributarios que la AEAT permite realizar de forma telemática bajo esta denominación.
Tras haber suscrito un convenio con la Agencia Estatal, gracias a nuestro acuerdo de colaboración, puedes presentar documentos tributarios, declaraciones tributarias y otras comunicaciones, así como realizar actuaciones permitidas en materia de colaboración social, en representación de terceras personas, que se puedan requerir en cualquier momento para su pago y presentación.
En representación de terceras personas, estas son algunas de las gestiones y trámites previstos que podrás realizar en condición de colaboradores, mediante presentación a través de plataforma telemática en sede electrónica, sin necesidad de colas o solicitud vía cita previa, solo a través de registro electrónico para las entidades con acuerdo de colaboración social:

Solicitar compensaciones a instancia de parte.
Subsanar defectos en la información tributaria de las declaraciones ya presentadas en nombre de un cliente, previa autorización del mismo.
Informar del estado de tramitación de devoluciones y otros procedimientos tributarios, previa autorización del obligado tributario.
Solicitar y obtener certificados tributarios con la autorización del cliente.
Recibir asistencia técnica de la AEAT a través de programas de ayuda en representación de terceras personas ante cualquier trámite incluido en los acuerdos de colaboración mediante una única dirección de correo electrónico.
Gestionar todas las obligaciones tributarias de terceros, como el pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones o el reconocimiento de beneficios fiscales.
Presentar declaraciones, comunicaciones y autoliquidaciones, además realizar presentaciones trimestrales y firmar y enviar otros documentos tributarios que requiera la Administración pública.
Solicitar fraccionamientos y/o aplazamientos de deudas tributarias.
Interponer recursos y realizar la verificación de documentos a través de medios telemáticos.
Evitar prácticas relacionadas con el fraude fiscal según los tipos de acuerdo establecidos por la Agencia Tributaria para cumplir con las buenas prácticas de asociaciones.
Como puedes ver, todos aquellos que ejercen la colaboración social pueden realizar muchos más trámites telemáticos que la mera presentación de declaraciones. Siempre con tu propio certificado electrónico o digital.
En este enlace accedes al listado completo facilitado por la Agencia Tributaria.
¿Quién puede ser Colaborador Social?
Según indica la Agencia Tributaria, pueden actuar como colaboradores sociales aquellas entidades con un acuerdo suscrito con ella, y también los profesionales que ejercen su actividad profesional en el ámbito de la gestión tributaria y que estén asociados o colegiados en entidades que tengan firmado un acuerdo de colaboración social que lo permita.
Es en este punto donde entra en juego nuestra asociación de asesores fiscales y laborales, ASOCIAE. Tras firmar acuerdos de colaboración social con la Administración tributaria, ser miembro de ASOCIAE te permite dar de alta como Colaborador Social, siempre y cuando cumplas con los requisitos que la AEAT ha establecido para las asociaciones del sector, y por tanto sus asociados. Estos requisitos establecidos por la AEAT deberían ser iguales para todas las asociaciones, y te los explicamos más abajo. Es por ello que te animamos a desconfiar de aquellas asociaciones que no los cumplan. El objetivo de la AEAT es ayudar a evitar el intrusismo en la profesión, e incentivar las buenas prácticas de profesionales tributarios, como la prevención del fraude fiscal o el correcto tratamiento de la información de las gestiones de colaboradores sociales
Tanto si eres un asesor fiscal como si tienes a tu cargo varios despachos profesionales, puedes ejercer la colaboración social y presentar declaraciones en nombre de terceros, además de la realización de declaraciones tributarias y otros documentos tributarios y trámites de colaboración social, gracias a nuestro convenio de colaboración con la Agencia Tributaria.
Como asociación profesional, esto te permite realizar telemáticamente todas las gestiones que esta administración ha dispuesto para facilitar los trámites a los asesores fiscales y representantes de los contribuyentes que colaboran con la Hacienda Pública, además de contar con una lista de servicios y utilidades para llevar a cabo cualquier procedimiento a través de la oficina virtual. Convenios firmados, consulta vía correo electrónico con la Administración y otros ámbitos de colaboración. En definitiva, todo tipo de gestiones y actuaciones por Internet.
Pasos para hacerse Colaborador Social a través de ASOCIAE
Para poder ser Colaborador Social con la AEAT a través de ASOCIAE debes realizar unos sencillos pasos y cumplir ciertos requisitos.
¿Cumples estos requisitos?
Si ya te hemos informado de que cumples los requisitos indicados, entonces ya puedes solicitar el alta como Colaborador Social de la AEAT. Para ello, el colaborador social deberá introducir sus datos identificativos en la plataforma.
Recuerda que debes tener instalado en tu ordenador el certificado digital que quieras dar de alta como Colaborador Social.
¿No eres socio de ASOCIAE?
Si aún no perteneces a Asesor Excelente, puedes hacerte socio desde 15 €/mes.
Hazte Asesor Excelente y automáticamente pasarás a formar parte de ASOCIAE.
¿Tienes dudas? Llámanos al 91 671 87 53
Si lo deseas, también puedes leer este artículo explicativo donde puedes encontrar toda la información para darte de alta, y en el cual resolvemos las preguntas frecuentes sobre colaboración social que soléis hacernos. Por ejemplo:
¿Qué debo tener en cuenta a nivel técnico para hacer todo correctamente?
Todas estas gestiones debes realizarlas desde el ordenador donde tienes alojada tu firma o certificado digital.
Y además, esta firma o certificado debe coincidir con el CIF o NIF que has dato de alta en ASOCIAE.
Es muy importante que tengas ambas recomendaciones en cuenta, para darte de alta con éxito como Colaborador Social de Hacienda.
Si ya soy Colaborador Social con otra asociación y quiero cambiarme a ASOCIAE, ¿cómo lo hago?
Para ello necesitas cambiar de asociación en el apartado para colaboradores sociales, que está en la página web de la AEAT titulada Colaboración social en la presentación de declaraciones.
Pulsas en "Todas las gestiones" y, a continuación, en "Baja en el Censo de Colaboradores Sociales" ya que antes debes rescindir tu vinculación con la asociación anterior en la web de la Agencia Tributaria.
Luego procedes a darte con ASOCIAE siguiendo los pasos y requisitos que te indicamos en esta página.
¿Qué puedo hacer si el botón “firmar y enviar” no funciona?
Probablemente se deba a una incompatibilidad de tu navegador, a que las configuraciones del mismo no te permitan realizar las gestiones o incluso es posible que el antivirus instalado te esté protegiendo.
Prueba a hacer las gestiones desde otro navegador diferente, dentro del mismo ordenador (recuerda que tiene que ser el mismo donde tienes instalado en Certificado Digital).
Funcionan bien Chrome, Firefox y Microsoft Edge. Y Brave conlleva un extra de seguridad que puede darte problemas.
¿Cómo compruebo que ya soy Colaborador Social?
Confirmar que tienes el certificado digital habilitado para presentar declaraciones es muy sencillo.
Una vez terminado el proceso, entra de nuevo en la sede electrónica de la Agencia Tributaria e intenta generar etiquetas para un NIF que no sea el tuyo.
Si no fueses Colaborador Social solo te permitiría generar las etiquetas del NIF o CIF asociado a tu firma digital. Si te permite hacer esa gestión es que ya estás dado de alta para poder firmar en nombre de terceros, ya que un colaborador social puede generar la etiquetas de cualquier NIF.
La Agencia Tributaria también facilita esta verificación, pinchando en la casilla "Comprobación en el censo de colaboradores sociales", que se encuentra en el mismo lugar donde realizaste el alta.
¿Puedo delegar las gestiones de Colaborador Social en un empleado?
La AEAT permite que los empleados y empleadas de quienes ejercen la colaboración social puedan realizar a través de Internet gestiones de los sujetos obligados tributarios.
Esos empleados son denominados delegados y delegadas, y pueden utilizar sus propios certificados electrónicos cualificados para ejercer la representación de terceras personas.
Como ves, esta colaboración social delegada puede acortar muchos tiempos de trabajo en el despacho porque ellos también podrán presentar declaraciones en nombre de terceros.
Para gestionar empleados delegados, tú serás el encargado de darles de alta como delegados tuyos, rellenando en tu propia ficha el apartado «Datos colaboradores delegados». Ellos no tienen que suscribir un documento individualizado ni registrarse en el alta y gestión del censo de Colaboradores Sociales.
Para ello has de tener claro que: no puedes añadir como delegado a una persona física que ya está de alta como Colaborador Social; que tu empleado no puede estar dado de alta como delegado de dos colaboradores sociales distintos; y tampoco puede ser delegado una persona física que figura como "Empleado público" de una entidad pública.
Si encuentras alguna dificultad en el alta de los delegados, probablemente se encuentren en alguno de los casos anteriores.
¿Alguna vez debo renovar mi alta de Colaborador Social?
Directamente, no. Pero tanto las personas físicas como las personas jurídicas que ya forman parte del Censo de Colaboradores Sociales, deben evitar que su certificado digital caduque.
Es decir, no tienes que renovarte como Colaborador Social ni volver a suscribir un documento individualizado de adhesión, solo tener al día tu certificado digital. Si necesitas renovarlo, puedes hacerlo fácilmente en la Sede de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. Asegúrate de tener instalado tu Certificado FNMT de Ciudadano en el navegador desde el que vas a solicitar la renovación. Es así como vas a autenticarte, no vas a necesitar otros documentos en formato electrónico.
Es importante no dejar caducar este certificado, porque sin él dejas de actuar como Colaborador Social y por lo tanto no puedes firmar en nombre de terceras personas, ni realizar declaraciones de diferentes impuestos o tributos de declaraciones diferentes en la Agencia Tributaria y otras administraciones públicas.
Pero lo más importante es que se detiene la colaboración social delegada, por lo que los empleados de tu oficina que se ocupan de trabajos rutinarios pueden ver alterado su trabajo y no pueden utilizar su firma en nombre de terceros.
¿Qué puedes tramitar como Colaborador Social?
El acuerdo entre ASOCIAE y la AEAT, al que te suscribes al darte de alta como Colaborador Social a través de nosotros, te permite presentar todos los modelos y/o declaraciones que la AEAT pone a disposición de forma telemática, así como diferentes documentos tributarios en representación de terceras personas.
A continuación, puedes consultar todas las acciones que es posible realizar como Colaborador Social con tu certificado electrónico según los tipos de acuerdo de colaboración actuales, más allá de la presentación de declaraciones por colaboradores sociales por parte de asociaciones y colegios de profesionales tributarios.
