El próximo 1 de enero de 2023 entrará en vigor el Impuesto Especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Usted podrá ser contribuyente de dicho impuesto si realiza cualquiera de las siguientes actividades:
a) La importación o adquisición intracomunitaria de mercancías contenidas en envases de plástico no reutilizables.
b) La fabricación, importación o adquisición intracomunitaria de envases de plástico no reutilizables o de productos de plástico semielaborados destinados a su obtención.
c) La fabricación, importación o adquisición intracomunitaria de productos de plástico destinados al cierre, comercialización o presentación de envases de plástico no reutilizables.
En la página web de la Agencia Tributaria dispone de una información completa y detallada. La ruta para acceder a la misma es:
Información y gestiones > Impuestos Especiales y Medioambientales > Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables
O bien directamente haciendo clic aquí.
Si tiene dudas y desea hablar con la Agencia Tributaria, puede hacerlo a través del servicio de llamada telefónica directa o mediante la cita previa telefónica, disponible asimismo en la dirección anteriormente señalada, usando el acceso identificado como “Asistencia digital (ADI): Impuesto del plástico” o directamente a través de este enlace.
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