Aplazamiento o fraccionamiento de deudas derivadas de tributos cedidos

19 de junio de 2023

Según nos informa la Agencia Tributaria de Andalucía,

Con motivo de la entrada en vigor de la Orden HFP/583/2023, de 7 de junio por la que se eleva a 50.000 euros el límite exento de la obligación de aportar garantías en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas derivadas de tributos cedidos, y hasta que se apruebe la Orden de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos para que se asimile este límite para el resto de los tributos y deudas de derecho público, en la Oficina Virtual de la Agencia Tributaria de Andalucía, se ha actualizado la información sobre cómo proceder a realizar dichas solicitudes.  

A fin de que resulte más clara aplicación de este periodo transitorio, resumimos la operativa:

  • Los modelos 270/271 no se han cambiado, siguen teniendo el límite de 30.000€ y dará el mensaje de error en caso de que se use el modelo incorrecto. En tanto no se apruebe la Orden mencionada, y la Resolución del director por la que se aprueba el modelo, no se modificarán los citados modelos.
  • Hasta que se unifique este importe para todas las deudas, la confección se hará por los siguientes modelos:
    • Modelo 271. Para TODAS las deudas hasta 30.000€.
    • Modelo 270. Con exigencia de garantías
      • Para las deudas no tributarias y de tributos propios de más de 30.000 €
      • Para las deudas procedentes de tributos cedidos de más 50.000€
    • Modelo 264. Para deudas de tributos cedidos de entre 30.000,01€ y 50.000€

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