A partir del 15 de marzo entrará en funcionamiento la nueva Oficina Virtual Tributaria de la Agencia Tributaria de la Comunidad de Madrid.
Colaborador Social con la Agencia Tributaria de la Comunidad de Madrid
La Asociación de Asesores Excelentes ASOCIAE ha firmado un convenio de colaboración con la administración madrileña para que todos sus socios puedan realizar la presentación telemáticamente en nombre de terceras personas declaraciones correspondientes a tributos gestionados por la Comunidad de Madrid mediante certificado digital, además de cumplir con la actual Ley de Protección de Datos y facilitar la gestión tributaria de colegios y asociaciones.
En ASOCIAE estamos de enhorabuena. Seguimos avanzando en la firma de acuerdos que ofrezcan a nuestros socios un amplio abanico de servicios y, en esta ocasión, nuestra asociación ha rubricado el convenio de colaboración social con la administración tributaria de la Comunidad de Madrid. Como parte de asociaciones profesionales, los Asesores Excelentes podrán presentar en nombre de terceros las declaraciones tributarias en la Dirección General de Tributos de la Comunidad de Madrid, sin necesidad de acudir presencialmente a las oficinas.
Qué modelos se pueden presentar
La Orden de 5 de abril de 2019 (BOCM 94) establece que a partir del 22 de abril están obligados a la presentación y pago de forma telemática de las autoliquidaciones correspondientes a los modelos: 600, 601, 620, 630, 650 y 651 los siguientes sujetos:
- Las personas jurídicas cuando actúen como sujeto pasivo.
- Las personas o entidades que pertenezcan a instituciones, asociaciones o colegios profesionales con los que la Comunidad de Madrid tiene firmados Convenios de Colaboración Social en base al artículo 92.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
No obstante, tendrá carácter obligatorio la presentación y pago telemático del modelo 630 "Exceso de letras de Cambio", para todos los obligados tributarios.
¿Qué tengo que hacer para presentar de forma telemática las autoliquidaciones en la CAM?
A continuación te explicamos las dos opciones que tienes para presentar de forma telemática las autoliquidaciones en la Comunidad Autónoma de Madrid (CAM).
Si eres socio de ASOCIAE
A partir del 15/01/2025, según indicaciones de la AEAT en el marco del acuerdo de colaboración entre ASOCIAE y dicho organismo, para poder darse de alta como colaborador social en la Agencia Tributaria de esta Comunidad Autónoma, será necesario cumplir previamente con los requisitos necesarios para ser colaborador social y descritos en este enlace.
Si eres socio de ASOCIAE, deberás rellenar y presentar telemáticamente el Documento Individual de Adhesión a convenio de colaboración que podrás encontrar accediendo a este enlace de la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid para presentar declaraciones en nombre de terceros sin certificado electrónico a Hacienda y otras entidades y facilitar la gestión tributaria de tus clientes.
Es muy importante que tengas en cuenta durante este proceso los siguientes puntos de nuestra guía de tramitación:
- Deberás indicar el NIF y nombre de nuestra asociación, es decir: G87946273 y Asociación de Asesores Excelentes Fiscales y Laborales (ASOCIAE), en la casilla número 1.
- Descárgate el documento sin cambiarlo de nombre.
- Rellénalo SIN FIRMARLO.
- El apartado "Número de Colegiado" no es necesario rellenarlo, ya que es verificado por ASOCIAE en el momento de tu solicitud de adhesión.
- Cuando vayas a hacer la presentación en registro es cuando te pedirá la firma. Recuerda que el documento ha de firmarse digitalmente.
Una vez presentado telemáticamente este documento, la Comunidad de Madrid se pondrá en contacto con ASOCIAE para verificar todos sus datos e información, y dar por aprobada la solicitud y posterior inscripción en el censo de colaboradores sociales para garantizar la seguridad del proceso.
Después, el asociado podrá realizar las presentaciones telemáticas en nombre de terceras personas que conlleva este convenio a través de la Oficina Virtual Tributaria de la Comunidad de Madrid, derecho conferido a las entidades que tengan firmado un acuerdo de colaboración.
Si no eres socio de ASOCIAE
Si NO eres socio de ASOCIAE: Hazte Asesor Excelente y automáticamente pasarás a formar parte de ASOCIAE, nuestra asociación de Asesores Excelentes, pudiendo así darte de alta en este convenio para disfrutar de todas las ventajas que otorgan los acuerdos de colaboración firmados con nuestra asociación profesional para presentar declaraciones tributarias de terceros y documentación de diferente carácter en nombre de personas físicas y jurídicas de acuerdo a la normativa. Comunicación de avisos ante organismos oficiales, dar de alta una actividad económica, etcétera.
Puedes darte de alta aquí como Asesor Excelente con tu dirección de correo electrónico.
Aviso importante: Desde ASOCIAE recomendamos que todos los colaboradores sociales, tanto si son personas físicas como jurídicas, deberían tener firmado con su cliente, ya que puede ser solicitado por la Agencia Tributaria de la que son Colaboradores sociales en cualquier momento, un documento que le otorgue la representación para la presentación y pago de autoliquidaciones, así como para la presentación de declaraciones, comunicaciones o cualquier otro documento con trascendencia tributaria mediante la utilización de técnicas y medios electrónicos.
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